EL AYUNTAMIENTO REGULA LA VENTA AMBULANTE
El consistorio otorgará autorizaciones anuales y se creará un registro de comerciantes ambulantes
Icod de los Vinos.- El Ayuntamiento de Icod de los Vinos aprobó definitivamente en el último pleno celebrado la ordenanza reguladora de la actividad comercial de venta fuera de establecimiento, elaborada e impulsada desde la Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico Artístico, que gestionan Francisco González y Agustín Díaz.
De esta manera, el consistorio regula la venta ambulante, tanto si se trata de mercadillos como de mercados de ocasión, en solares o espacios libres, vías o espacios públicos, que a partir de la entrada en vigor de esta ordenanza podrá realizarse con autorización previa de la administración local.
Con ello, la venta sólo podrá realizarse en mercados fijos, periódicos u ocasionales señalados al efecto, en lugares autorizados de las vías públicas, espacios públicos o zonas públicas municipales y en recintos de ferias y festejos populares.
Se creará además un registro de vendedores ambulantes, que no será vinculante para el Ayuntamiento, sino que tendrá carácter meramente informativo.
Asimismo, según regula también el documento, sólo podrán ser productos objeto de transacción los de segundo mano, con pequeños defectos, fuera de temporada y restos de existencia, y la comercialización de productos de alimentación y herbodietéticas deberán adicionalmente cumplir los requisitos que impone la normativa sanitaria.
El Ayuntamiento establecerá los perímetros y lugares autorizados para la venta o transacciones de productos en la vía pública, así como las condiciones para su autorización, relativas a productos, características y condiciones de los puestos, condiciones de venta, carga y descarga e instalación del puesto de venta, limpieza y ornato u horarios. Además, se señalará su denominación y fechas de funcionamiento.
La ordenanza contempla también la solicitud de informes a la Cámara de Comercio, asociaciones de consumidores y de empresarios, en las autorizaciones a mercadillos y mercados de ocasión. De igual manera, para la venta ambulante en zona urbana también serán oídas las asociaciones, entendiendo que “la visión y opinión de los profesionales del sector y de las asociaciones será tenida en cuenta, fomentando así la participación ciudadana”, apunta el consejero director de la Gerencia, Francisco González.
El alcalde, Diego Afonso, señala por su parte que la especial relevancia de esta actividad comercial en el municipio y en la comarca exige la adopción de medidas que permitan la convivencia del comercio tradicional dentro de establecimiento con otras modalidades comerciales y actividades que se puedan ejercer fuera del establecimiento.
El consistorio otorgará autorizaciones anuales y se creará un registro de comerciantes ambulantes
Icod de los Vinos.- El Ayuntamiento de Icod de los Vinos aprobó definitivamente en el último pleno celebrado la ordenanza reguladora de la actividad comercial de venta fuera de establecimiento, elaborada e impulsada desde la Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico Artístico, que gestionan Francisco González y Agustín Díaz.
De esta manera, el consistorio regula la venta ambulante, tanto si se trata de mercadillos como de mercados de ocasión, en solares o espacios libres, vías o espacios públicos, que a partir de la entrada en vigor de esta ordenanza podrá realizarse con autorización previa de la administración local.
Con ello, la venta sólo podrá realizarse en mercados fijos, periódicos u ocasionales señalados al efecto, en lugares autorizados de las vías públicas, espacios públicos o zonas públicas municipales y en recintos de ferias y festejos populares.
Se creará además un registro de vendedores ambulantes, que no será vinculante para el Ayuntamiento, sino que tendrá carácter meramente informativo.
Asimismo, según regula también el documento, sólo podrán ser productos objeto de transacción los de segundo mano, con pequeños defectos, fuera de temporada y restos de existencia, y la comercialización de productos de alimentación y herbodietéticas deberán adicionalmente cumplir los requisitos que impone la normativa sanitaria.
El Ayuntamiento establecerá los perímetros y lugares autorizados para la venta o transacciones de productos en la vía pública, así como las condiciones para su autorización, relativas a productos, características y condiciones de los puestos, condiciones de venta, carga y descarga e instalación del puesto de venta, limpieza y ornato u horarios. Además, se señalará su denominación y fechas de funcionamiento.
La ordenanza contempla también la solicitud de informes a la Cámara de Comercio, asociaciones de consumidores y de empresarios, en las autorizaciones a mercadillos y mercados de ocasión. De igual manera, para la venta ambulante en zona urbana también serán oídas las asociaciones, entendiendo que “la visión y opinión de los profesionales del sector y de las asociaciones será tenida en cuenta, fomentando así la participación ciudadana”, apunta el consejero director de la Gerencia, Francisco González.
El alcalde, Diego Afonso, señala por su parte que la especial relevancia de esta actividad comercial en el municipio y en la comarca exige la adopción de medidas que permitan la convivencia del comercio tradicional dentro de establecimiento con otras modalidades comerciales y actividades que se puedan ejercer fuera del establecimiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario