COMUNICADO CONCEJALIA DE HACIENDA
Saliendo al paso de las declaraciones por parte del concejal socialista, Inocencio Doble, con respecto al presupuesto municipal en el plazo de alegaciones, el concejal de Hacienda municipal, Óscar Tomás Pérez, comenta que “ es increíble que este señor, otro año más, reclame con las mismas letras que todos los años anteriores, recibiendo siempre la misma contestación por parte del interventor municipal, cuando alega diciendo que el presupuesto no se ajusta a la Ley, por no aprobarlo antes del 15 de octubre del año anterior”. La contestación literal del interventor vuelve a ser la siguiente: “Recordando nuevamente, como en reclamaciones a presupuestos anteriores, realizadas por D. Inocencio Doble González, que en cuanto al punto donde se manifiesta “ INCUMPLIMIENTOS LEGALES “, fundado en el artículo 168.4 del TRLRHL y el artículo 18.4 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla el capitulo I del Titulo VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en Materia de Presupuestos, expone que el Presidente de la Corporación remitirá al Pleno, entes del 15 de octubre, el expediente para la aprobación, enmienda o devolución del presupuesto.
Es parecer de esta intervención que este “incumplimiento“ no invalida la posterior aprobación del presupuesto ya que no se tiene conocimiento de que exista alguna disposición legal que establezca la nulidad de un presupuesto por no ser aprobado en los plazos que se señalan en el artículo 168.4 del TRLRHL. Para un mayor abundamiento, el legislador, ha dejado una clara reseña para que aquellas entidades locales que no han podido aprobar sus presupuestos en plazo, y una vez finalizado el ejercicio, se realice la prorroga del presupuesto del ejercicio anterior, véase el artículo 169.6 del mismo TRLRHL . En este mismo sentido se expresa el artículo 21.6 del R.D. 500/1990, donde se establece que el presupuesto definitivo se aprobará con efectos 1 de enero y sus créditos en él incluidos tendrán la consideración de créditos iniciales”.
Esto deja bien claro la falta de capacidad de un concejal que año tras año presenta las mismas alegaciones, sin fundamento jurídico que sostente y paralice la aprobación. Con respecto a los diferentes puntos que presenta de dicha alegación, cabe recordar que la participación que tiene en la elaboración de los presupuesto es simple y llanamente la que el pueblo le dio en las urnas y que por mucho que le pese debe de respetar, por lo menos hasta 2011, hay que decir que el Grupo Popular, presentó enmiendas al mismo, sin necesidad de utilizar el periodo de alegaciones, y menos utilizando la justificación dada por el Sr. Doble, que no había visto el presupuesto porque había estado en un Congreso del PSOE, me gustaría recalcar que no hacemos ni más ni menos que lo que la Ley nos exige.
Como aclaración a la información con mala fe dada por este concejal, cuando dice ”esta deuda refleja la precaria situación económica que padece en la actualidad este Ayuntamiento“, hay que decir que es una interpretación de este señor, ya que no dice que según el informe de la auditoría de Gestión del Fondo Canario de Financiación Municipal, la deuda pasó de un 73,30% a un 47,80% en un año, situándose muy por debajo del porcentaje máximo que establece la Ley. Del mismo modo invito al señor Doble, a que solicite copia dicho informe para que lo estudie con tiempo antes de sacar conclusiones que lo único que busca es crear una idea negativa, con un único objetivo engañar al Pueblo de Santiago del Teide.
Una vez más, y convirtiéndose en algo típico de todos los años, la reclamación que presenta este concejal, lo único que persigue es entorpecer el trabajo, sin que consiga su objetivo, y como razonamiento más lógico a esta actitud, la única intención de este señor es que al final cobre una asistencia a una comisión y otra por la asistencia al pleno, que debemos de convocar por estas alegaciones.
En cuanto a la valoración del concejal “ve positiva la situación del Ayuntamiento, que un año más, presenta unos presupuesto enfocados a la realidad del municipio, donde se refleja el compromiso del grupo de gobierno con las ayudas a aquellos vecinos más necesitados con diversas prestaciones en emergencia social, subvenciones a pensionistas y parados de larga duración para sufragar el recibo de la contribución urbana, bonificaciones en la basura, compra de libros, entre otras cosas”.
Saliendo al paso de las declaraciones por parte del concejal socialista, Inocencio Doble, con respecto al presupuesto municipal en el plazo de alegaciones, el concejal de Hacienda municipal, Óscar Tomás Pérez, comenta que “ es increíble que este señor, otro año más, reclame con las mismas letras que todos los años anteriores, recibiendo siempre la misma contestación por parte del interventor municipal, cuando alega diciendo que el presupuesto no se ajusta a la Ley, por no aprobarlo antes del 15 de octubre del año anterior”. La contestación literal del interventor vuelve a ser la siguiente: “Recordando nuevamente, como en reclamaciones a presupuestos anteriores, realizadas por D. Inocencio Doble González, que en cuanto al punto donde se manifiesta “ INCUMPLIMIENTOS LEGALES “, fundado en el artículo 168.4 del TRLRHL y el artículo 18.4 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla el capitulo I del Titulo VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en Materia de Presupuestos, expone que el Presidente de la Corporación remitirá al Pleno, entes del 15 de octubre, el expediente para la aprobación, enmienda o devolución del presupuesto.
Es parecer de esta intervención que este “incumplimiento“ no invalida la posterior aprobación del presupuesto ya que no se tiene conocimiento de que exista alguna disposición legal que establezca la nulidad de un presupuesto por no ser aprobado en los plazos que se señalan en el artículo 168.4 del TRLRHL. Para un mayor abundamiento, el legislador, ha dejado una clara reseña para que aquellas entidades locales que no han podido aprobar sus presupuestos en plazo, y una vez finalizado el ejercicio, se realice la prorroga del presupuesto del ejercicio anterior, véase el artículo 169.6 del mismo TRLRHL . En este mismo sentido se expresa el artículo 21.6 del R.D. 500/1990, donde se establece que el presupuesto definitivo se aprobará con efectos 1 de enero y sus créditos en él incluidos tendrán la consideración de créditos iniciales”.
Esto deja bien claro la falta de capacidad de un concejal que año tras año presenta las mismas alegaciones, sin fundamento jurídico que sostente y paralice la aprobación. Con respecto a los diferentes puntos que presenta de dicha alegación, cabe recordar que la participación que tiene en la elaboración de los presupuesto es simple y llanamente la que el pueblo le dio en las urnas y que por mucho que le pese debe de respetar, por lo menos hasta 2011, hay que decir que el Grupo Popular, presentó enmiendas al mismo, sin necesidad de utilizar el periodo de alegaciones, y menos utilizando la justificación dada por el Sr. Doble, que no había visto el presupuesto porque había estado en un Congreso del PSOE, me gustaría recalcar que no hacemos ni más ni menos que lo que la Ley nos exige.
Como aclaración a la información con mala fe dada por este concejal, cuando dice ”esta deuda refleja la precaria situación económica que padece en la actualidad este Ayuntamiento“, hay que decir que es una interpretación de este señor, ya que no dice que según el informe de la auditoría de Gestión del Fondo Canario de Financiación Municipal, la deuda pasó de un 73,30% a un 47,80% en un año, situándose muy por debajo del porcentaje máximo que establece la Ley. Del mismo modo invito al señor Doble, a que solicite copia dicho informe para que lo estudie con tiempo antes de sacar conclusiones que lo único que busca es crear una idea negativa, con un único objetivo engañar al Pueblo de Santiago del Teide.
Una vez más, y convirtiéndose en algo típico de todos los años, la reclamación que presenta este concejal, lo único que persigue es entorpecer el trabajo, sin que consiga su objetivo, y como razonamiento más lógico a esta actitud, la única intención de este señor es que al final cobre una asistencia a una comisión y otra por la asistencia al pleno, que debemos de convocar por estas alegaciones.
En cuanto a la valoración del concejal “ve positiva la situación del Ayuntamiento, que un año más, presenta unos presupuesto enfocados a la realidad del municipio, donde se refleja el compromiso del grupo de gobierno con las ayudas a aquellos vecinos más necesitados con diversas prestaciones en emergencia social, subvenciones a pensionistas y parados de larga duración para sufragar el recibo de la contribución urbana, bonificaciones en la basura, compra de libros, entre otras cosas”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario